¿Qué obras requieren permisos municipales y cuáles se pueden hacer de forma libre?
Al planear mejoras en una propiedad para elevar su valor antes de venderla, o al comprar una casa que se desea remodelar, surge una duda legal muy común: ¿Debo sacar permisos?
Existe el mito de que “cualquier cambio en la casa requiere licencia”

Al planear mejoras en una propiedad para elevar su valor antes de venderla, o al comprar una casa que se desea remodelar, surge una duda legal muy común: ¿Qué obras requieren permisos municipales y cuáles se pueden hacer de forma libre? Existe el mito de que “cualquier cambio en la casa requiere licencia”, lo que a menudo frena a los propietarios o los expone a extorsiones o visitas de inspectores.
El Libro Decimoctavo del Código Administrativo del Estado de México establece con total claridad cuáles son las obras libres de licencia y cuáles requieren trámites específicos. Aquí tienes la guía legal definitiva para mantener tu propiedad en regla, elevar su plusvalía y evitar multas.
Lo que sí requiere Licencia de Construcción de forma obligatoria
Según el artículo 18.20 del Código Administrativo del Estado de México, estas obras necesitan trámite municipal obligatorio antes de iniciar:
Obra nueva
Cualquier edificación que inicie desde cero.
Ampliaciones o reparaciones estructurales
Toda obra que altere muros de carga, trabes, columnas o cimientos existentes.
Demoliciones
Parciales o totales.
Excavaciones o rellenos
Movimientos de tierra en el predio.
Bardas
Divisorias o perimetrales. Requiere presentar croquis con dimensiones ante el municipio.
Conexiones de servicios
Obras de conexión a las redes públicas de agua potable y drenaje.
Anuncios y elevadores
Anuncios con elementos estructurales, o instalación/modificación de ascensores, montacargas y escaleras mecánicas.
El mito más caro: las bardas
Contrario a la creencia popular, levantar una barda dentro de tu propio terreno sí requiere licencia de construcción. El municipio exige un croquis con las dimensiones exactas antes de empezar.
Las obras libres de licencia
El Código exime del trámite a un grupo de obras menores, estéticas o de mantenimiento diario. No necesitas licencia de construcción para:
Pintura y fachadas
Limpieza, aplanados, pintura y revestimiento de fachadas, cuidando no causar molestias en la vía pública.
Puertas y ventanas
Abrir un nuevo vano para puerta o ventana es libre, siempre que no afectes elementos estructurales (muros de carga o castillos).
Cisternas y fosas sépticas
Libres siempre que su capacidad no supere los 8 m³.
Jardinería
Diseño, nivelación superficial y plantación de jardines, completamente libre.
Construcciones provisionales
Bodegas, oficinas o casetas de vigilancia, solo durante la edificación de una obra ya autorizada.
Pozos y calas de exploración
Temporales, con fines de estudio de suelo o cimentación.
Obras urgentes de seguridad
Trabajos inmediatos ordenados por Protección Civil para prevenir accidentes.
¿Vas a ampliar de 20 a 60 m²? Existe la Licencia Simplificada
Si planeas un cuarto adicional o ampliar una recámara sobre una losa ya existente sin afectar la estructura, no necesitas planos firmados por un Director Responsable de Obra (DRO) ni memorias de cálculo. Solo presentas ante el municipio:
- Documento que acredite tu propiedad o posesión legal.
- Tu identificación oficial vigente.
- La Licencia de Uso de Suelo del predio.
- La Constancia de Alineamiento y Número Oficial (en caso de obra nueva).
- Un croquis arquitectónico simplificado de la obra a realizar.
¿Vas a vender, comprar o remodelar en Metepec o Toluca?
Te ayudo a revisar qué trámites aplican a tu propiedad antes de invertir en ella o ponerla en venta, para que no pierdas tiempo ni dinero en permisos innecesarios.
Pide tu asesoría gratisEste artículo fue elaborado con base en las disposiciones vigentes del Libro Decimoctavo del Código Administrativo del Estado de México.





