Cuando eres dueño de un inmueble y quieres rentarlo para obtener ingresos adicionales, considera los siguientes puntos en tu contrato…

EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEBERÁ CONTENER, CUANDO MENOS LAS SIGUIENTES ESTIPULACIONES:

a) Nombres del arrendador y arrendatario

b) La ubicación del inmueble

c) Descripción detallada del inmueble objeto del contrato y de las instalaciones y accesorios con que cuenta para el uso y goce del mismo, así como el estado que guardan

d) El monto de la renta

e) La garantía, en su caso

f) La mención expresa del destino habitacional del inmueble arrendado

g) El término del contrato (generalmente un año) De igual manera, se deben especificar las obligaciones que el arrendador y arrendatario contraigan adicionalmente a las establecidas en la Ley, como la cuota adicional que le cobrarás en caso de que se retrase el algún pago, si le vas a permitir que tenga mascotas, fechas en que deberá pagarte la renta, plazo en que si no paga a tiempo se puede proceder legalmente y cómo debe dejar el inmueble cuando piense desocupar, entre otros. Cuando se haya formalizado el contrato y ambas partes estén de acuerdo con las condiciones que se han pactado, el dueño del inmueble se quedará con el original y entregará una copia al inquilino.

RESPONSABILIDADES COMPARTIDAS Cuando el propietario y el arrendatario llegan a un acuerdo sobre la renta del inmueble, la relación no termina ahí, pues ambos tienen compromisos mutuos. A continuación te mencionamos algunas responsabilidades del arrendador:

a) Realizar las reparaciones que necesite el inmueble. Por ejemplo, impermeabilizar el techo antes de la llegada de las lluvias.

b) Mantener en buen estado las conexiones eléctricas, de plomería y chapas de las puertas, entre otras.

c) Mantener limpias las áreas que son comunes.

d) Indicar si se cuenta con estacionamiento.

e) Hacer caso a las sugerencias del inquilino sobre el mantenimiento que requiera el inmueble.

TAMBIÉN EL INQUILINO TIENE SUS RESPONSABILIDADES, HE AQUÍ ALGUNAS DE ELLAS:

a) Pagar a tiempo la renta.

b) Avisar al propietario sobre el mantenimiento que requiera el inmueble u otros aspectos que considere importante.

c) Comentar con el propietario si piensas realizar algún tipo de mantenimiento, por ejemplo, pintar el interior del inmueble, cambiar la chapa de las puerta, etc.

d) Comunicar con anticipación al arrendador que dejarás el inmueble.

e) Utilizar la propiedad alquilada sólo para los fines establecidos en el contrato

Procura no adquirir los formatos que venden en las papelerías, porque muchas veces ya están obsoletos, y en caso de un juicio de nada te sirven, a partir de 2014 hay que tener en cuenta la «Ley Antilavado de Dinero» y la mas reciente formalización de la «Ley de Extinción de Dominio»

Por ultimo, te dejamos un listado con los documentos que debe considerar el Arrendatario para iniciar un proceso con el servicio de una Póliza.

REQUISITOS Un mes de renta y depósito en garantía

ARRENDATARIO – Identificación Oficial (FM3 Y PASAPORTE para extranjeros) – Comprobante de Domicilio – 3 últimos meses de recibos de nómina o estados de cuenta bancarios * Carta laboral firmada y sellada por Recursos Humanos con lo siguiente: (Nombre completo, RFC con homoclave, antigüedad, sueldo, NSS y puesto. este ultimo requisito dependiendo de la actividad)

PÓLIZA JURÍDICA – Solicitud de Arrendamiento (Consultar costo de acuerdo a tabulador)

OBLIGADO SOLIDARIO – Identificación – Comprobante de domicilio – 3 últimos meses de recibos de nómina o estados de cuenta bancarios

Si tienes alguna consulta, háznoslo saber; estamos para servirte en: info@contextoinmobiliario.com o en el 55.7118.6018

GLOSARIO FACIL

ARRENDADOR: Que da o cede una cosa en arrendamiento (es el dueño del inmueble)

ARRENDATARIO: Quien toma o tiene el bien en arrendamiento (Es quien desea habitar la propiedad)

PÓLIZA: Es un servicio de Asesoría Legal, su funcionamiento es como el de un seguro y tiene el cometido de brindar seguridad a las partes involucradas en un arrendamiento previo-durante y posterior a la operación. Se encarga de la investigación, elaboración de contrato, mediación y el cobro de adeudos, además de ofrecer también una garantía al Arrendatario sobre vicios ocultos, por ejemplo reparaciones del inmueble y en la recesión anticipada sin causa aparente, para evitar problemas entre los involucrados.

OBLIGADO SOLIDARIO: Persona Física o Moral que tiene participación en un crédito como responsable de cumplir con las obligaciones del acreditado, en el caso de que el acreditado no cumpla con sus responsabilidades en su totalidad.

Compártelo a quien lo necesite y aprovecha nuestro plan de Referidos
Compartir
Scroll al inicio
Verificado por MonsterInsights